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Nacional

Jueces buscan echar atrás amplitud al mandato de Zaldívar

El artículo transitorio de la reforma judicial que busca ampliar dos años el mandato del ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea como presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y del Consejo de la Judicatura Federal (CJF), sorprendió al resto de los ministros que integran el máximo tribunal, quienes ya analizan la posibilidad de convocar al pleno para estudiar una eventual violación a la división de poderes y a la independencia judicial.

Fuentes consultadas por Proceso señalan que esa posibilidad se remite a una consulta realizada por el ministro Genaro Góngora Pimentel en el año 2000, cuando la Cámara de Diputados aprobó una reforma que obligaba al Instituto Federal de Especialistas de Concursos Mercantiles (Ifecom), organismo de la Judicatura encargado de evitar las “quiebras”, a presentar sus informes anuales ante el Poder Legislativo, por lo que se consideró como una intromisión en la autonomía del Poder Judicial.

A la sorpresa inicial de los ministros se ha ido sumando una gran preocupación entre jueces y magistrados federales, quienes optaron por deslindarse públicamente del artículo transitorio que pretende extender la presidencia de Zaldívar al frente de la Suprema Corte de enero de 2023 a noviembre de 2024, transitorio que se contrapone con el artículo 97 de la Constitución Mexicana.

El artículo 97 constitucional establece que “cada cuatro años el pleno elegirá de entre sus miembros al Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el cual no podrá ser reelecto para el periodo inmediato posterior”. La redacción de ese artículo constitucional, además de prohibir la reelección del titular de la Corte, tampoco prevé que se pueda extender o prorrogar su mandato al frente del máximo tribunal.

Además, el citado artículo transitorio también intenta ampliar el encargo de los otros seis consejeros de la Judicatura que se encuentran en funciones, otorgando un plazo adicional de dos años a cada consejero, a pesar de que el artículo 100 constitucional establece que los consejeros de la Judicatura sólo pueden estar en el cargo por un periodo máximo e improrrogable de cinco años.

Por lo anterior, algunos ministros de la Corte han señalado en privado el carácter inconstitucional del artículo transitorio incorporado de última hora al dictamen legislativo de la reforma judicial, así como las consecuencias que podría sentar este precedente para la autonomía e independencia del Poder Judicial de la Federación (PJF).

Sin embargo, el curso que tomen las inconformidades dentro de la Suprema Corte y del Consejo de la Judicatura dependerá de que la Cámara de Diputados ratifique la aprobación del artículo decimotercero transitorio que se aprobó el pasado 15 de abril como parte de la aprobación de la Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se expiden la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y la Ley de Carrera Judicial del Poder Judicial de la Federación; minuta que apenas fue turnada a la Mesa Directiva de San Lázaro.

ABOGADOS EN CONTRA

La ampliación del mandato del ministro Zaldívar tampoco fue bien recibida por los litigantes mexicanos. La Barra Mexicana-Colegio de Abogados, una de las organizaciones más representativa del sector, envió una carta a la presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, Dulce María Sauri Riancho, para solicitar que se elimine el artículo transitorio de la minuta que reforma la Ley Orgánica del PJF, por considerar que se atenta con la autonomía del Poder Judicial de la Federación.

La Barra solicitó a los legisladores que este caso se someta a un parlamento abierto, con el fin de que sean escuchados los especialistas en derecho constitucional, así como las organizaciones de la sociedad civil que defienden la separación de poderes.

Con información de Vanguardia y Proceso

Nacional

Distribuyen boletas para personas con discapacidad

En el contexto de las próximas elecciones del 2 de junio, se ha marcado un hito histórico en México con la distribución de documentación para el voto anticipado destinada a personas con discapacidad o con limitaciones físicas que les impiden acudir a las casillas electorales.

El lunes pasado, Talleres Gráficos de México (TGM) entregó boletas y sobres para el voto anticipado, así como sobres de seguridad para paquetes electorales, incluyendo aquellos destinados a juntas locales. La Secretaría de Gobernación (Segob) informó que se han distribuido 4 mil 2 piezas de cada uno de estos documentos en los 32 estados del país.

Este paso significativo se realiza en preparación para el Proceso Electoral Federal 2023-2024, que se proyecta como el más grande en la historia de México, según destacó la propia Secretaría de Gobernación. La transferencia de esta documentación electoral desde TGM hasta el centro logístico del Instituto Nacional Electoral (INE) está siendo gestionada con la logística y custodia del instituto y la Guardia Nacional.

Al igual que las boletas electorales convencionales, las boletas para el voto anticipado se producen con papel de seguridad que incluye marcas de agua y tintas invisibles, entre otras medidas de seguridad.

La Secretaría de Gobernación, bajo la dirección de Luisa María Alcalde, resaltó la capacidad técnica y operativa de TGM para cumplir con esta tarea, subrayando el estricto apego al cronograma establecido por el INE como muestra del compromiso con la calidad y seguridad del proceso.

Es importante señalar que recientemente, el 16 de abril, TGM entregó la documentación correspondiente al voto de las personas en prisión preventiva. Este voto se llevará a cabo en los centros penitenciarios que cuenten con las condiciones necesarias de seguridad e infraestructura para la instalación de mesas receptoras de votación. Esta última entrega de material electoral permitirá a las personas privadas de libertad, pero no sentenciadas, participar en la elección para elegir al próximo presidente o presidenta de la República.

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Nacional

Se esperan cinco ondas de calor para este año: Conagua

El Servicio Meteorológico Nacional (SMN) de la Conagua ha pronosticado un total de cinco olas de calor para el año 2024.

Hasta el momento, dos de estas olas ya se han presentado: una en marzo y otra en abril. Se espera que en mayo ocurran dos más, con una última prevista para junio.

En este contexto, la Secretaría de Salud federal ha informado sobre los impactos de las altas temperaturas. Desde el 17 de marzo hasta el 6 de abril, se reportó el lamentable fallecimiento de una persona debido a un golpe de calor. Además, otras 95 personas han sufrido daños a su salud, con 63 casos de golpe de calor, 26 de deshidratación y seis de quemaduras.

La Comisión Nacional del Agua ha explicado que los sistemas de alta presión o anticiclónicos, al inhibir la formación de nubes, generan una baja probabilidad de lluvia, cielos despejados a medio nublados e incremento de temperaturas. Cuando estos sistemas se mantienen por más de 3 a 5 días, se produce una ola de calor.

Ante estas condiciones climáticas, se recomienda a la población tomar medidas preventivas como mantenerse hidratado, prestar especial atención a los enfermos crónicos y adultos mayores, y seguir las indicaciones del Sector Salud y Protección Civil. Es fundamental evitar la exposición al sol entre las 11:00 y 15:00 horas, y en caso necesario, mantenerse hidratado, vestir ropa ligera y utilizar sombrero o gorra.



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Nacional

Confirma SCJN validez del etiquetado frontal en alimentos preenvasados


El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha confirmado la validez constitucional de partes de las leyes que regulan el etiquetado frontal de alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados. Esta medida, diseñada para informar a los consumidores sobre los productos que superan los límites máximos de contenido energético, azúcares añadidos, grasas saturadas, sodio y otros nutrientes críticos e ingredientes establecidos, ha sido ratificada por unanimidad de votos.

Bajo la ponencia de Yasmín Esquivel Mossa, la SCJN reafirmó la sentencia impugnada por cuatro empresas dedicadas a la producción de alimentos preenvasados, entre otras actividades. Estas empresas habían promovido el Amparo en Revisión 465/2022 mediante juicio de amparo, impugnando actos de diversas autoridades, incluyendo al presidente de la República, al Congreso de la Unión (integrado por la Cámara de Diputados y la Cámara de Senadores) y la Ley de Salud.

La determinación del máximo tribunal constitucional del país implica el sobreseimiento en el juicio de amparo y la denegación del amparo y protección de la justicia federal a las empresas demandantes, en una decisión tomada por unanimidad de votos.

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