Principal

Tribunal Electoral descarta autogobierno para la comunidad LeBarón en Chihuahua

En una decisión unánime, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) rechazó la solicitud de autogobierno presentada por la comunidad LeBarón, con lo que se confirma la sentencia previa del Tribunal Estatal Electoral (TEE) de Chihuahua y de la Sala Regional Guadalajara. Este fallo pone fin a las aspiraciones de autogobierno de la comunidad LeBarón, cuyas raíces se encuentran en el municipio de Galeana, en el noroeste de Chihuahua.

La comunidad, conocida por su origen mormón, buscaba un estatus similar al de las comunidades indígenas que disfrutan de autodeterminación en varios estados del sur de México. Sin embargo, tras un análisis exhaustivo que incluyó estudios antropológicos realizados por el Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH), el Tribunal concluyó que la comunidad LeBarón no cumple con los criterios necesarios para ser considerada equivalente a un pueblo originario.

Entre las razones citadas para esta decisión se encuentran diferencias culturales, sociales, económicas y etnoreligiosas, así como la historia migratoria de la comunidad y su posición de ventaja respecto a otros grupos. El TEE de Chihuahua había resuelto previamente que “la comunidad LeBarón no cuenta con derechos de autogobierno y auto determinación”, una sentencia que ahora ha sido confirmada por el TEPJF.

Durante el proceso, se llevaron a cabo peritajes en materia de antropología, audiencias y comparecencias de órganos de gobierno internos de la comunidad LeBarón, incluyendo el Consejo de Ancianos y diversos departamentos gubernamentales. A pesar de los argumentos presentados, el tribunal determinó que la práctica de la poligamia, el matrimonio entre familiares y la cosmovisión patriarcal de la comunidad no eran suficientes para equipararla con los pueblos originarios, que tienen una historia de desplazamiento cultural y una práctica de propiedad comunal distintiva.

El tribunal también señaló la ausencia de un daño histórico que necesitara reparación en el caso de la comunidad LeBarón y destacó la ventaja lingüística del dominio del inglés y el español, en contraste con las lenguas indígenas. La sentencia resalta que, aunque la comunidad tiene especificidades culturales únicas, esto no implica el derecho a autogobernarse bajo sus propias normas y costumbres, un derecho reservado para los pueblos originarios y tribales.

Esta decisión ha sido calificada como un precedente histórico por la magistrada presidenta Roxana García Moreno, quien destacó la importancia de establecer parámetros claros para el reconocimiento de comunidades equiparables a pueblos originarios. Aunque la resolución marca el fin de la disputa legal de la comunidad LeBarón por el autogobierno, también subraya la necesidad de abordar las omisiones legislativas en torno a la regulación y el reconocimiento de comunidades con características culturales distintivas en México.

Exit mobile version