Nacional
Confirma SCJN validez del etiquetado frontal en alimentos preenvasados
El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha confirmado la validez constitucional de partes de las leyes que regulan el etiquetado frontal de alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados. Esta medida, diseñada para informar a los consumidores sobre los productos que superan los límites máximos de contenido energético, azúcares añadidos, grasas saturadas, sodio y otros nutrientes críticos e ingredientes establecidos, ha sido ratificada por unanimidad de votos.
Bajo la ponencia de Yasmín Esquivel Mossa, la SCJN reafirmó la sentencia impugnada por cuatro empresas dedicadas a la producción de alimentos preenvasados, entre otras actividades. Estas empresas habían promovido el Amparo en Revisión 465/2022 mediante juicio de amparo, impugnando actos de diversas autoridades, incluyendo al presidente de la República, al Congreso de la Unión (integrado por la Cámara de Diputados y la Cámara de Senadores) y la Ley de Salud.
La determinación del máximo tribunal constitucional del país implica el sobreseimiento en el juicio de amparo y la denegación del amparo y protección de la justicia federal a las empresas demandantes, en una decisión tomada por unanimidad de votos.