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En caso de la muerte del mandatario, ¿quién estaría al frente del país?

Durante la tarde del domingo 24 de enero, el presidente Andrés Manuel López Obrador a sus 69 años dio a conocer que había dado positivo a COVID-19, que sumando a sus antecedentes cardiacos e hipertensión, así como el factor de su edad generó la interrogante de que en caso de su muerte ¿quién quedaría a la cabeza del país?

Según se indica en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en caso de la muerte del mandatario en turno su puesto sería tomado de manera temporal por el secretario de Gobierno, en este caso Olga Sánchez Cordero, esto en un periodo máximo de 60 días mientras se determina quien sería el sustituto o interino del Ejecutivo Federal, tal como lo indica el artículo 84 del Diario Oficial de la Federación.

Es importante resaltar que el funcionario o funcionaria que ocupe el puesto no tendría facultades para nombrar o remover Secretarios sin la autorización de los Senadores. Lo que sí debería hacer es entregar al Congreso de la Unión un informe de labores.

Si el fallecimiento del Presidente se da durante los dos primeros años de sexenio y el Congreso de la unión está sesionando con por lo menos dos terceras partes de sus miembros, se formará un Colegio Electoral que determine un mandatario interino. Esto por mayoría de votos y en total secreto.

Tras el nombramiento, el mismo Congreso tendría diez días para dar a conocer la convocatoria a un nuevo Presidente. Entre este texto y las elecciones deberían pasar por lo menos siete meses. El o la funcionaria electa solo terminaría el ciclo en curso.

En caso de que el Congreso no esté en sesiones, la Comisión Permanente convocaría a una de forma inmediata para que inicie todo el proceso descrito en los párrafos anteriores. Por otro lado, si el mandatario muere en los últimos cuatro años de su mandato, el Congreso nombraría, bajo votaciones, a la persona que ocupe el cargo.

Con información de Vanguardia

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