Politica
Cámara de Diputados aprueba el Plan B de Reforma Electoral con 343 votos a favor
La Cámara de Diputados dio luz verde este jueves, tanto en lo general como en lo particular, al denominado Plan B de Reforma Electoral impulsado por la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo, una iniciativa que modifica tres artículos constitucionales y busca imponer austeridad en los órganos electorales y legislativos locales.
El dictamen fue respaldado por una amplia mayoría calificada de 343 votos a favor, 124 en contra y una abstención. Tras su aprobación, el proyecto fue remitido a las legislaturas de los estados para continuar con su trámite constitucional.
¿Qué reforma y qué busca?
El plan modifica los artículos 115, 116 y 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con el objetivo de:
- Ajustar la integración y funcionamiento de ayuntamientos y congresos locales.
- Establecer topes presupuestarios a las remuneraciones de funcionarios electorales.
- Reforzar los principios de austeridad republicana, reducir privilegios en el ejercicio del poder público y fortalecer los mecanismos de control democrático.
Además, contempla disposiciones transitorias para una implementación progresiva de las medidas, así como la reasignación de los recursos públicos ahorrados hacia fines de interés social.
Cambios clave por artículo
- Artículo 115 – Se precisa que cada municipio será gobernado por un ayuntamiento de elección popular directa, integrado por una presidencia municipal, una sindicatura y hasta 15 regidurías. La integración deberá respetar los principios de paridad de género vertical y horizontal, perspectiva de género e igualdad sustantiva en el acceso, integración y ejercicio del poder público municipal.
- Artículo 116 – Las constituciones estatales deberán establecer que el presupuesto anual de las legislaturas locales no supere el 0.70 por ciento del presupuesto de egresos de la entidad federativa correspondiente. También se garantizarán los principios de paridad, igualdad sustantiva y perspectiva de género en la integración y funcionamiento de los órganos legislativos locales.
- Artículo 134 – Se fija que las remuneraciones de consejeras y consejeros electorales, magistradas y magistrados electorales, titulares de secretarías de órganos administrativos y áreas ejecutivas o técnicas del INE, organismos públicos locales electorales y tribunales electorales de las entidades federativas no podrán exceder el límite establecido en el artículo 127 constitucional.
Asimismo, se prohíbe adquirir o contratar con recursos públicos seguros de gastos médicos, de vida, pensiones privadas, seguros de separación individualizados, cajas de ahorro especiales, regímenes especiales de retiro u otras prestaciones no previstas expresamente por la ley o condiciones generales de trabajo.
Reservas y debate
Durante la discusión en lo particular, diputadas y diputados de Morena, PAN, PVEM, PT, PRI y Movimiento Ciudadano presentaron diversas reservas al proyecto. Sin embargo, todas fueron retiradas, se solicitó su publicación en el Diario de los Debates, o bien no se admitieron a discusión, por lo que finalmente fueron desechadas.










