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Tribunal federal declara ilegales aranceles de Trump, pero mantiene su vigencia durante apelación

Un tribunal federal de apelaciones declaró que la mayoría de los aranceles globales impuestos por el entonces presidente Donald Trump fueron ilegales, al determinar que el exmandatario excedió su autoridad al aplicarlos. No obstante, en una decisión que prolonga la incertidumbre legal y comercial, los jueces permitieron que los gravámenes permanezcan en vigor mientras el caso es revisado nuevamente por un tribunal inferior.
La resolución del Tribunal de Apelaciones del Circuito Federal sostiene un fallo previo de la Corte de Comercio Internacional de Nueva York, emitido en mayo, que concluyó que Trump invocó indebidamente una ley de emergencia nacional —el Artículo 232 de la Ley de Expansión Comercial de 1962— para justificar la imposición de estos aranceles, destinados supuestamente a proteger la seguridad nacional.
El corazón del fallo
La controversia judicial se centra en el uso que dio Trump a esa legislación. El tribunal determinó que la aplicación de la ley fue incorrecta, ya que su propósito es proteger la seguridad nacional en sentido estricto, y no como una herramienta para generalizar políticas comerciales proteccionistas.
Los aranceles afectados por la decisión incluyen algunos de los más polémicos de su administración, principalmente los dirigidos contra China, así como los impuestos a productos de Canadá, México y, más recientemente, India.
Excepciones y camino a seguir
Cabe destacar que el fallo no afecta a todos los aranceles de la era Trump. Quedan fuera de esta decisión los gravámenes aplicados sobre importaciones de vehículos, acero y otros bienes que fueron implementados bajo otras leyes comerciales, lo que limita el alcance inicial de la sentencia.
El tribunal remitió el caso de vuelta a la Corte de Comercio Internacional para una cuestión procedimental crucial: decidir si la anulación de los aranceles debe aplicarse de manera generalizada a todas las empresas y personas afectadas o si, por el contrario, se limitará únicamente a las partes específicas que interpusieron la demanda.
