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Politica

Consulta es “un concierto de inconstitucionalidades”, ministro propone declararla inconstitucional

El ministro Luis María Aguilar consideró “un concierto de inconstitucionalidades” la solicitud de consulta popular del presidente Andrés Manuel López Obrador para enjuiciar a sus antecesores Carlos Salinas de Gortari, Ernesto Zedillo, Vicente Fox, Felipe Calderón y Enrique Peña Nieto.

En el proyecto revisión de constitucionalidad de la materia de consulta popular 1/2020 detalla que la Suprema Corte de Justicia de la Naciónconsidera improcedente el ejercicio, toda vez que conlleva en sí una restricción de los derechos humanos y una afectación a las garantías.

“Una vez delimitado lo anterior, esta Suprema Corte de Justicia de la Nación considera que el objeto de la consulta popular debe considerarse inconstitucional, pues la materia que se solicita consultar, de acuerdo a su diseño y contenido, conlleva en sí una restricción de los derechos humanos de las mexicanas y mexicanos y una afectación a las garantías para su protección, al condicionar su efectividad y ejecución al resultado de ese mecanismo participativo; desnaturalizando con ello su propósito y finalidad”, detalla.

Agrega que no puede someterse a la voluntad popular decisiones que en cualquier sentido impliquen una restricción de los derechos humanos ni de sus garantías de protección, por lo que la solicitud del Ejecutivo Federal “advierte por las múltiples violaciones constitucionales que aun en forma individual son suficientes para sostener la inconstitucionalidad del objeto de la consulta popular pretendida”.

El ministro Aguilar considera que en caso de acreditarse un sanción penal o administrativa a los expresidentes mencionados, “escapa a la opinión y consulta de la ciudadanía mexicana, debido a que en atención al derecho de acceso a la justicia y a la reparación de las víctimas, ofendidos y a las posibles víctimas indirectas de esos supuestos delitos” y “las autoridades del Estado mexicano se encuentran obligadas a denunciar cualquier hecho y a llevar a cabo todas las investigaciones necesarias para llegar a la verdad y sancionar cualquier delito cometido por cualquier persona —sea un expresidente, exfuncionario o cualquier persona que atente contra el Estado de Derecho y contra los derechos humanos particulares de cualquier persona—”.

Por todo lo anterior, concluye que ” se trata de un concierto de inconstitucionalidades que pudieran incidir negativamente en el acceso a la justicia, la persecución de los delitos y el Estado de Derecho mismo, lo cual implica la afectación de los derechos humanos de todas las mexicanas y los mexicanos”.

Con información de Milenio

Politica

Hay una clara alianza entre MORENA y MC, ni juntos nos ganaron: Marco Bonilla

Tras el debate organizado por Coparmex, el candidato a presidente municipal por la coalición “Juntos Defendamos a Chihuahua”, Marco Bonilla, afirmó que tuvo una victoria contundente en este ejercicio a pesar de la alianza entre Movimiento Ciudadano y Morena para intentar debilitarlo.

“A parte de no tener un plan de trabajo están desesperados, nosotros tenemos experiencia y tenemos una visión más clara de lo que necesita Chihuahua”, expresó el abanderado del PAN, PRI y PRD.

Finalmente, agradeció a Coparmex por la realización del debate, ya que es un importante ejercicio que aporta a llevar un proceso electoral más democrático, además de contrastar las propuestas que se ofrecen para Chihuahua.

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Politica

¿Cuáles son los delitos electorales y dónde se pueden denunciar?

Con las elecciones a la vuelta de la esquina ya salen a relucir todo tipo de temas, uno de ellos es sobre los delitos electorales, pero ¿qué son y dónde se pueden denunciar?

Los delitos electorales son todas las acciones u omisiones que afectan a las elecciones.

Es decir, toda acción u omisión para impedir o corromper las elecciones. Van contra el derecho ciudadano de votar así como la máxima del voto es libre, secreto, directo, personal e intransferible.

¿Quiénes lo cometen?

Desde civiles hasta funcionarios. Sólo es cuestión de revisar los tipos de delitos, pero las mismas autoridades nos explican que funcionarios o servidores públicos, funcionarios electorales, precandidatos, candidatos, candidatas, organizadores de actos de campaña y hasta líderes religiosos suelen ser propensos a caer en un delito electoral si lo que quieren es afectar las elecciones.

10 delitos

Seguro ya han escuchado de algunos casos o los han visto denunciados en las noticias:

  • Usar dinero, bienes o servicios públicos para apoyar o desacreditar a un candidato.
  • Condicionar los programas sociales y servicios públicos por el voto.
  • Comprar el voto.
  • Destruir o dañar el material electoral.
  • Rebasar los montos de campaña.
  • No comprobar ni justificar los gastos de campaña.
  • Publicar encuestas de la intención de voto en la veda electoral y hasta la mera hora del cierre de casillas.
  • Inducir el voto siendo líder religioso.
  • Difundir de manera dolosa fake news sobre el desarrollo de la jornada electoral o sus resultados.
  • Impedir la instalación o clausura de las casillas.
  • Votar más de una vez en la misma elección.
  • Recoger las INE de la ciudadanía.
  • Retener las INE de la gente el día de la votación.
  • Exigir la evidencia del voto de la gente.
  • Distribuir propaganda electoral el día de las elecciones.
  • Organizar el transporte de votantes para garantizar por quién van a votar el día de las elecciones.
  • Abrir los paquetes electorales o quitarles los sellos.

No son todos los delitos electorales, pero sí los que más suelen sonar en las elecciones.

¿Dónde denunciar?

Si son testigo de cualquiera de estos delitos, pueden denunciar en la Fiscalía Especializada en Materia de Delitos Electorales (FISEL), que es la encargada de investigarlos.

El número es el 800 833 7233. O en la página: fisenet.fgr.org.mx. La FISEL es la encargada de atender las denuncias, no el INE.

¿Y las multas?

Las multas y sanciones no son las mismas. Dependen del tipo de delito que una persona cometió.

Pero en general las multas van de los 50 a 100 días de multa o… UMA —una UMA diaria equivale a 108.57 pesos. O sea, de 5 mil 248.5 pesos a 10 mil 867 melones y prisión de 6 meses a 3 años.

También hay multas por 21 mil 714 pesos y prisión de 2 a 6 años. Y hasta 43 mil 428 pesos y hasta 9 años de prisión.

Con información de Sopitas

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Interesante

¿Qué es el y para qué sirve el Conteo Rápido?

De acuerdo con el Instituto Nacional Electoral (INE), el Conteo Rápido es un proceso que utiliza los primeros resultados obtenidos de las casillas para hacer un pronóstico de la votación.

Sí, este Conteo Rápido luego se da a conocer en la noche del día de las elecciones.

O en palabras del INE: “Es un procedimiento de inferencia estadística con el cual a través de los resultados de una muestra aleatoria de casillas se realiza un pronóstico de las tendencias de la votación de una elección y se difunde la noche de la jornada electoral”.

Además aseguran que los métodos estadísticos que utilizan para hacer estas estimaciones, así como el procedimiento de selección de la muestra aleatoria de casillas, se deciden con anticipación y son aprobados por el mismísimo Consejo General.

Según el Instituto Nacional Electoral, primero se recopilan los resultados de la votación en algunas casillas que antes fueron elegidas para la muestra del Conteo Rápido.

Luego estos datos se envían por teléfono o aplicación móvil para que se registren en el sistema informático de los conteos rápidos.

¿Quién o quiénes reciben esta información? Pues los miembros del Comité Técnico Asesor de los Conteos Rápidos (COTECORA) son los encargados de tomar estos datos y entonces comienzan a realizar las estimaciones hasta que obtienen una tendencia definida.

Ya con una tendencia, entregan un informe de resultados del Conteo Rápido a la mera jefa, a la presidenta del Consejo General del INE.

¿Cuándo se anuncia el Conteo Rápido?

Los resultados del Conteo Rápido se dan a conocer, como contamos aquí arriba, la noche del día en que se llevan a cabo las elecciones. Sí, por televisión, radio y redes sociales oficiales del INE.

El Conteo Rápido, si no pasa nada raro como la famosa caída del sistema, se daría a conocer la noche del domingo 2 de junio.

Tal y como explica el Instituto Nacional Electoral, estos resultados no se deben tomar bajo ningún motivo como “una constancia de triunfo”, aunque, sí es una clara muestra de lo que será el resultado definitivo de la elección.

Igual cabe señalar, que es un conteo rápido por cada elección de puesto público: uno por presidencia, otros por las alcaldías y otros más por las gubernaturas estatales.

Con información de Sopitas

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