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Suspensión temporal de selección de magistrados en Chihuahua por orden judicial

En una decisión que reverbera en el ámbito judicial de Chihuahua, un juez federal ha dictaminado la suspensión provisional del proceso de selección de magistrados para el Tribunal Superior de Justicia del Estado. Esta medida sigue a la admisión de un amparo presentado por la juez de control María Alejandra Ramos Durán.

La magistrada Ramos Durán presentó su amparo ante el Juzgado Décimo Primero de Distrito, argumentando que la Comisión Seleccionadora, compuesta por Andrés Pérez Howlet del Poder Ejecutivo, el diputado Alfredo Chávez del Legislativo y el magistrado José Alfredo Fierro Beltrán del Judicial, no cumplía con las disposiciones establecidas en el artículo 101 de la Constitución de Chihuahua.

En respuesta a esta acción legal, el juez federal ha ordenado la suspensión inmediata del proceso de selección de magistrados en Chihuahua y ha convocado a una audiencia que se llevará a cabo el próximo jueves 30 de noviembre para abordar más a fondo esta cuestión.

La Comisión Seleccionadora tenía programado dar a conocer las siete ternas hoy, las cuales se enviarían al Pleno del Congreso del Estado para su votación. Sin embargo, la orden judicial ha puesto en pausa este proceso crucial para la designación de nuevos magistrados en el Poder Judicial de Chihuahua.

Un total de 95 aspirantes se registraron recientemente para las codiciadas plazas de magistrados, con cuatro posiciones destinadas a aspirantes externos y tres reservadas para aquellos con experiencia dentro del Tribunal Superior de Justicia.

Entre los notables aspirantes se encuentran figuras como Fernando Mendoza, actual secretario General del TSJE; Julio César Merino, exmagistrado del Tribunal Electoral; Rubén Aguilar Gil, vinculado al PT; y María Ávila, exdirigente del Partido Verde. La suspensión temporal agrega una capa de incertidumbre al proceso de selección, que ahora espera la resolución de la audiencia convocada por el juez federal.

Esto dice el Artículo 101

El procedimiento para nombrar Magistradas y Magistrados se llevará en la forma y términos que señale la Ley Orgánica del Poder Judicial, conforme a las siguientes bases:

I. En casos de faltas definitivas de Magistradas y Magistrados o la creación de otras Salas, el Pleno del Consejo de la Judicatura convocará a la Comisión Especial para seleccionar a quienes deban cubrir las plazas vacantes o las creadas. La Comisión Especial se integrará por una persona representante del Poder Legislativo, la cual será una Diputada o Diputado, cuya designación se efectuará por el Pleno del Congreso; una persona representante del Poder Judicial, la cual será una Magistrada o Magistrado, cuya designación se hará por el Pleno del Tribunal Superior de Justicia del Estado, y una persona representante del Poder Ejecutivo, designada por quien sea titular del mismo.

II. La Comisión Especial enviará al Congreso del Estado una terna de personas aspirantes, quienes deberán cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 104 de esta Constitución. 

III. La Comisión Especial integrará una terna para ocupar las vacantes, en un caso, únicamente con personas que presten sus servicios en el Poder Judicial y, en otro, solo con personas externas a dicho Poder, de manera alternada. La terna conformada con personas que presten sus servicios en el Poder Judicial, será compuesta por aquellas que sean merecedoras por su eficiencia y probidad en la administración de justicia. La terna conformada por personas externas al Poder Judicial, será compuesta por aquellas que sean merecedoras por su honorabilidad, competencia y antecedentes en la profesión jurídica.

IV. La Comisión Especial, en el proceso de selección de ternas de personas aspirantes, se regirá por los principios de excelencia, transparencia, objetividad, exhaustividad, imparcialidad, profesionalismo, independencia y paridad de género respecto de la materia de la magistratura que eligen y en otras relacionadas con aquella.

V. Previa comparecencia pública de las personas integrantes de la terna ante la Junta de Coordinación Política, el Pleno del Congreso del Estado nombrará a quien deba ocupar la Magistratura, por el voto de las dos terceras partes de sus integrantes presentes en la sesión respectiva, dentro de un plazo improrrogable de treinta días naturales a partir de la presentación de la propuesta y se deberá aplicar el principio de paridad de género. Durante la comparecencia se deberá garantizar la transparencia, objetividad, publicidad y acceso a los perfiles de las personas aspirantes. Cuando el Pleno del Congreso rechace la totalidad de la terna propuesta, la Comisión Especial presentará una nueva terna, conformada con personas distintas a la anterior. Si en la insaculación de la nueva terna no se alcanza la votación requerida para nombrar a quien debiera ocupar la magistratura, se hará una nueva votación, y será designada en la magistratura la persona que haya obtenido mayor número de votos.

Chihuahua

Impulsa Gobierno de Maru Campos capacitación para prevenir el acoso sexual

La Secretaría de Desarrollo Humano y Bien Común, a través de su Unidad de Igualdad de Género, ha llevado a cabo una importante iniciativa de capacitación para el personal de la Dirección de Grupos Vulnerables. El objetivo es claro: generar espacios seguros para las mujeres, proporcionando herramientas para identificar y denunciar el acoso sexual.

Estas sesiones formativas son parte del compromiso continuo del gobierno de Maru Campos para garantizar un ambiente laboral de respeto y dignidad. La Unidad de Igualdad de Género ha destacado la importancia de estos talleres, que se llevan a cabo periódicamente en distintas áreas de la dependencia estatal.

El enfoque de la capacitación ha sido dirigido por expertos de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, asegurando una formación especializada y de calidad. Este esfuerzo por erradicar el acoso sexual continuará, reforzando el compromiso del gobierno de Maru Campos con la seguridad y el bienestar de todas las personas en el ámbito laboral.

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Ecuador contrademanda a México ante la Corte Penal Internacional

El Gobierno de Ecuador contrademandó a México ante la Corte Penal Internacional (CPI) de La Haya al considerar que el Estado mexicano, al mando del presidente Andrés Manuel López Obrador, contravino el convenio que regula el asilo diplomático cuando otorgó este beneficio a Jorge Glas, exvicepresidente de Rafael Correa.

La contrademanda de Ecuador responde a una demanda inicial presentada por México ante La Haya en la que acusó al país andino de haber transgredido el carácter inviolable de las sedes diplomáticas al invadir su embajada en Quito el 5 de abril para detener a Glas, sobre quien pesaba una orden de captura y prisión preventiva.

En un comunicado, el Ministerio de Relaciones Exteriores de Ecuador explicó que la contrademanda también denuncia una presunta interferencia en asuntos internos cuando en los días previos López Obrador relacionó el asesinato del candidato presidencial Fernando Villavicencio con el triunfo electoral del presidente Daniel Noboa sobre la candidata correísta Luisa González.

La demanda de Ecuador solicita a la Corte Internacional que declare que México “ha incumplido sus obligaciones de respetar las leyes y reglamentos del Estado receptor, no interferir en los asuntos internos del Estado receptor y no utilizar los locales de la misión de manera incompatible con las funciones de la misión diplomática, de conformidad con el artículo 41 de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas de 1961″.

Para el Gobierno ecuatoriano, México también “ha incumplido, entre otras, sus obligaciones de no otorgar asilo a personas que se encuentren procesadas o en juicio por delitos comunes o hayan sido condenadas por tribunales ordinarios competentes, y de entregarlas a las autoridades locales competentes”, como figura en las convenciones de asilo diplomático y asilo político de 1954 y 1933, respectivamente.

Glas tenía una orden de prisión preventiva por el caso de las obras de reconstrucción posteriores al fuerte terremoto de 2016, donde está imputado por presunto peculado (malversación de fondos públicos).

Asimismo, el exvicepresidente tenía pendiente de terminar de cumplir una pena de ocho años de cárcel por dos sentencias por cohecho y asociación ilícita, después de que en 2022 saliese de prisión gracias a una polémica resolución judicial de medidas cautelares.

La sentencia por cohecho se enmarca dentro del caso Sobornos, sobre la financiación irregular del movimiento oficialista de Rafael Correa, que también fue condenado a la misma pena e inhabilitado políticamente, mientras que la condena por asociación ilícita en el caso Odebrecht, referente a los sobornos pagados por la constructora brasileña.

Glas fue uno de los hombres fuertes del Gobierno de Correa, donde llegó a ser vicepresidente, cargo que también ocupó al inicio del mandato presidencial de Lenín Moreno (2017-2021).

El exvicepresidente se encontraba en la Embajada de México en Quito desde el 17 de diciembre de 2023, donde solicitó asilo al haber rechazado siempre los cargos y acusaciones en su contra y declararse un perseguido político y víctima de ‘lawfare’ (utilización del aparato judicial contra adversarios políticos), al igual que Correa, que cuenta con la condición de refugiado en Bélgica.

Sin embargo, para el Ejecutivo ecuatoriano, la administración de López Obrador “ha violado los principios de igualdad soberana, integridad territorial y no intervención en los asuntos internos de otros Estados, conforme a la Carta de las Naciones Unidas, la Carta de la Organización de Estados Americanos (OEA) y el derecho internacional consuetudinario”.

“Ha violado (también) su obligación de cooperar en asuntos anticorrupción de conformidad con el Artículo XIV de la Convención Interamericana contra la Corrupción de 1996, y los Artículo 43, 46 y 48 de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción de 2003”, concluyó.

La OEA condenó enérgicamente la invasión a la Embajada de México en Quito, en un comunicado donde también instó al debido cumplimiento de las normas de asilo.

Un tribunal de la Corte Nacional de Justicia de Ecuador declaró como ilegal y arbitraria la detención de Glas por no haberse respetado el procedimiento para el allanamiento sedes diplomáticas, pero mantuvo a Glas en prisión por tener pendiente de cumplir la pena de ocho años de cárcel.

Si bien el Gobierno mexicano ha demandado que Ecuador entregue a Glas, este se encuentra recluido en La Roca, la cárcel de máxima seguridad de Ecuador, en la ciudad de Guayaquil, donde en los primeros días de su reclusión sufrió una descompensación que lo llevó a ser hospitalizado durante varias horas.

Con información de EFE

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Chihuahua

Fortalecen autoridades políticas para proteger las infancias

En Chihuahua, proteger las infancias se posicionan como la prioridad dentro del qué hacer de la agenda pública.

En sintonía con esta perspectiva, la reciente inauguración de la Comisión Interinstitucional para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil y la Protección de Adolescentes Trabajadores en Edad Permitida (CITI) simboliza la lucha contra el flagelo del trabajo infantil.

Encabezada por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), esta comisión se erige como un bastión de colaboración entre diversas entidades gubernamentales, con el firme propósito de erradicar esta problemática.

El alcance de la CITI se refleja en su composición, que abarca tanto a dependencias estatales como federales, asegurando así una coordinación efectiva en la planificación, implementación y evaluación de medidas destinadas a combatir el trabajo infantil.

Entre sus miembros se encuentran la Secretaría General de Gobierno, la Secretaría de Desarrollo Humano y Bien Común, la Fiscalía General del Estado, la Secretaría de Innovación y Desarrollo Económico, entre otras.

Sin embargo, el alcance de esta iniciativa va más allá de las fronteras gubernamentales, ya que cuenta con la participación activa de la reconocida organización internacional World Vision.

Esta colaboración trasciende las barreras geográficas y administrativas, buscando crear oportunidades que garanticen un futuro más prometedor para niños y niñas que se encuentran en condiciones vulnerables.

El objetivo primordial de esta unión de esfuerzos es fortalecer las políticas existentes y desarrollar nuevas estrategias que desincentiven la participación de niños y adolescentes en actividades prohibidas, especialmente en el ámbito laboral.

Así, se busca no solo prevenir el trabajo infantil, sino también erradicarlo por completo, garantizando un entorno seguro y propicio para el sano desarrollo de la infancia y la adolescencia.

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