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Congreso aprueba reformas a la no reelección y nepotismo, pero su aplicación se posterga hasta 2030

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El Congreso de la Unión, conformado por la Cámara de Diputados y el Senado de la República, aprobó este miércoles las reformas constitucionales que prohíben la reelección de cargos políticos y el nepotismo electoral. Sin embargo, estas medidas no entrarán en vigor en 2027, como lo había solicitado la presidenta Claudia Sheinbaum, sino hasta 2030, lo que ha generado debate sobre los plazos y los intereses detrás de esta decisión.

Aprobación en ambas cámaras

La Cámara de Diputados fue la primera en declarar la constitucionalidad de las reformas a los artículos 55, 59, 82, 115, 116 y 122 de la Constitución Política. Posteriormente, el Senado de la República ratificó las modificaciones, que incluyen la prohibición de la reelección en cualquier cargo político y la postulación de familiares de funcionarios a puestos de elección popular.

Estas reformas recibieron el aval de 21 congresos estatales, entre ellos los de Baja California, Campeche, Chiapas, Colima, Durango, Hidalgo, Estado de México, Michoacán, Morelos, Nayarit, Oaxaca, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Veracruz, Zacatecas, Ciudad de México y Tlaxcala, cumpliendo así con el requisito de mayoría calificada para modificar la Constitución.

Postergación hasta 2030

A pesar de que la presidenta Claudia Sheinbaum había pedido que las reformas se aplicaran a partir de las elecciones de 2027, el Congreso decidió que su entrada en vigor sea hasta 2030. Esta decisión ha sido criticada por algunos sectores, ya que beneficiará a políticos que actualmente ocupan cargos y cuyos familiares también desempeñan funciones públicas.

Sheinbaum había expresado en febrero pasado que su posición era clara: “Mi postura sigue siendo que debería aprobarse para 2027”. Sin embargo, la postergación hasta 2030 permitirá que varios legisladores y funcionarios eviten las restricciones en los próximos procesos electorales.

¿Qué establecen las reformas?

Las reformas aprobadas prohíben la reelección en cualquier cargo político, lo que significa que los legisladores y funcionarios no podrán buscar un nuevo período en el mismo puesto. Además, se establece que los senadores y diputados suplentes podrán ser electos para el período inmediato como propietarios, siempre y cuando no hayan ejercido el cargo previamente. Por el contrario, los propietarios no podrán ser electos como suplentes en el período siguiente.

En cuanto al nepotismo electoral, se establece que las personas que busquen un puesto de elección popular no podrán tener vínculos familiares directos o indirectos con funcionarios en los tres años previos a la elección. Esto incluye relaciones de matrimonio, concubinato, parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el cuarto grado en línea colateral y segundo grado en línea recta.

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