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Hace Chihuahua oficial sanciones para evitar más contagios de COVID-19
Desde esta semana se hicieron oficiales las restricciones y nuevas sanciones en todo el estado para evitar acrecentar los brotes de COVID-19, publicándose así en el Periódico Oficial del Estado, en donde se enfatiza sobre la población, los medios de transporte, empresas y negocios.
“Las autoridades de los distintos niveles de Gobierno en el estado estarán obligadas a garantizar el debido cumplimiento de las disposiciones. Todas las medidas establecidas deberán aplicarse y sancionarse con estricto respeto a los derechos humanos, preponderando garantizar el derecho humano a la salud. El cumplimiento de las disposiciones serán vigiladas por las autoridades municipales, la Secretaría de Salud, la Comisión Estatal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y la Secretaría General de Gobierno estatal.”
De esta forma, el estado informa de las nuevas sanciones administrativas que se impondrán, las cuales van desde la multa, clausura temporal o definitiva y cárcel hasta por 36 horas, llegando incluso a la revocación de licencia o permiso, según corresponda con la Ley Estatal de Salud.
El arresto por 36 horas se haría en casos como:
- A la persona que interfiera o se oponga al ejercicio de las funciones de la autoridad sanitaria.
- A la persona que se niegue a cumplir los requerimientos y disposiciones de la autoridad sanitaria, provocando con ello un peligro a la salud de las personas.
En negocios, el incumplimiento de las disposiciones de los que operan bajo la Ley de Alcoholes del Estado de Chihuahua, generarían sanciones por parte de la Secretaría General de Gobierno, lo que llevaría dese la amonestación, la multa, clausura parcial o total del establecimiento, así como la revocación del permiso o licencia.
En cuanto a las empresas, la Secretaría de Trabajo y Previsión Social hará inspecciones ordinarias y extraordinarias y en caso de de establecer medidas pertinentes, suspenderá labores en empresas o giros que no se consideren no esenciales, en tanto que las que sean consideradas esenciales, realicen sus labores cumpliendo con las medidas de prevención establecidas.
Asimismo, esta publicación resaltó que todos los centros de trabajo, incluidos los que realicen actividades esenciales y nuevas esenciales, en cualquiera de las etapas del semáforo epidemiológico, deberán sujetarse a un sistema de evaluación y control de actividades.
A su vez, en tema de transporte, el incumplimiento de medidas sanitarias las sanciones serán impuestas por la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología, las cuales irían desde las amonestaciones, multas, suspensión temporal o definitiva del conductor, hasta la detención del vehículo o la cancelación del permiso de la concesión, permiso o autorización correspondiente.