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INE reafirma facultad para remover candidaturas judiciales por inelegibilidad

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El Consejo General del INE determinó que sí puede retirar candidaturas y hasta anular triunfos si los aspirantes al Poder Judicial incumplen requisitos de elegibilidad, como ser prófugos, deudores alimenticios o tener antecedentes penales. La decisión marca un precedente en la inédita elección de jueces y magistrados programada para el 1° de junio.

Claves de la resolución

En sesión del 24 de abril, las consejeras Carla Humphrey y Claudia Zavala detallaron el alcance de la fiscalización:

  • Fase de veto: Aunque inicialmente la revisión de perfiles no correspondía al INE, ahora tendrá la última palabra al calificar la elección.
  • Causales de inelegibilidad: Incluyen violencias de género, deudas alimenticias o fugas de procesos penales (artículo 38, fracciones 5 a 7 de la Constitución).
  • Plazos críticos: El 31 de mayo se publicará un informe de hallazgos, pero las denuncias podrán presentarse hasta el 15 de junio, día de la calificación final.

Humphrey fue contundente: “Si alguien no cumple con los requisitos, no puede ser candidato. Por supuesto que el INE podrá quitar candidaturas”.

Proceso de impugnaciones

Los aspirantes declarados inelegibles podrán recurrir al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), cuya resolución será definitiva. Zavala enfatizó: “Si hay constancia de que un candidato viola los requisitos, debe declarársele inelegible. No es discrecional”.

Contexto polémico

La aclaración surge tras declaraciones previas de la presidencia del INE que sugerían no habría calificación de perfiles. Ahora, el instituto asume un rol activo para garantizar que los futuros jueces cumplan con “estándares éticos y legales”.

Próximos pasos:

  • 1° de junio: Elección de 108 magistrados y jueces federales.
  • 15 de junio: Fecha límite para impugnar candidaturas.
  • 31 de mayo: Publicación del informe de hallazgos del INE.
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