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Aprueban matrimonio igualitario en Veracruz y en Puebla prohíben terapias de conversión

Hace algunos días el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) abrió la puerta para el matrimonio igualitario en el estado y ahora, el Congreso lo aprobó por mayoría de votos.
Fueron 38 votos a favor, 5 en contra y 0 abstenciones para reformar el Código Civil estatal.
Antes de esta votación en Veracruz el matrimonio solo podía llevarse a cabo entre un hombre y una mujer que “conviven para realizar los fines esenciales de la familia”.
A partir de ahora el matrimonio será la unión de dos personas, por su voluntad, sin impedimento alguno.
La iniciativa fue presentada por los diputados Gonzalo Durán Chuncoya de Morena, así como Ramón Díaz Ávila, del Partido del Trabajo. Con esto Veracruz se convierte en el estado 27 en aprobar el matrimonio igualitario.
Esto queda pendiente en Durango, Tamaulipas, el Estado de México, Guerrero y Tabasco.
Ante esto la Suprema Corte invalidó algunos párrafos del artículo 48 y 145 del Código Civil para acabar con el asunto “padre y madre” al momento de registrar a un menor.
La Suprema Corte determinó que aunque no se refiere a la definición de matrimonio como tal, sí reafirma la exigencia de que el matrimonio se debe llevar a cabo solo entre un hombre y una mujer, lo que excluye a las parejas homosexuales.
Por su parte en Puebla durante la tarde de este 2 de junio el Congreso de Puebla se puso a discutir la iniciativa presentada por el diputado de Morena Carlos Alberto Evangelista para reformar el Código Penal del estado y tipificar los ECOSIG.
Dicha iniciativa fue respaldada por 33 votos a favor, cero en contra, siete abstenciones y un impedimento, lo que desató la alegría de activistas de las comunidades LGBT+ (Lésbico, Gay, Bisexual, Trans y más) que estaban en afuera del Congreso a la espera de esta noticia.
Con este cambio se tipifica los ECOSIG y eso quiere decir que cualquier persona u organización que promueva, apliquen y financien las llamadas terapias de conversión serán sancionadas.
Lo mismo aplica para aquellas que obliguen a otra persona a tomarlas. Las sanciones van de uno a tres años de prisión y multas de 50 a 200 Unidades de Media de Actualización (UMA) de cuatro mil 811 pesos a 19 mil 244.
En la discusión el PAN intentó colar este cambio: que los ECOSIG sólo fueran sancionados cuando recurrieran a la violencia física. Sin embargo, esta propuesta no avanzó y la iniciativa pasó.
Con información de Sopitas